Artículo “CIErre ya: ¡migrar no es un delito!”

Ayer nos despertábamos con la noticia de que alrededor de 60 personas recluidas en el Centro de Internamiento de Extranjeros (CIE) de Aluche, en Madrid, se habían amotinado y pasado la noche en el tejado para reclamar de forma pacífica su libertad[1]. Según la Campaña Estatal por el Cierre de los CIES, el amotinamiento estaría relacionado con la falta continuada de atención sanitaria a enfermos, que además habrían sido expulsados del país a pesar de presentar cuadros febriles complejos[2].

La noticia era el mal denominado “motín” pero no debería ser así. Lo que debería cubrir los noticieros del día es que en España hay mas de 6.900 personas[3]privadas de libertad, retenidas contra su voluntad en Centros de Internamiento por haber cometido una falta administrativa. ¿Seria España un Estado de Derecho, que respeta el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, si mantuviera internados a 7.000 españoles por hechos como no disponer de un pasaporte actualizado o no tener un domicilio fijo? No, no lo sería y la sociedad e instituciones españolas reaccionarían vehementemente contra semejante atropello.

La falta de atención sanitaria, el maltrato a las personas internas y las malas condiciones de los centros son un problema común en los CIE españoles. Todos ellos han recibido denuncias reiteradas no sólo por la inadecuada e insuficiente asistencia médica, sino también por la falta de acompañamiento jurídico, la existencia de malos tratos o la vulneración del derecho de asilo con expulsiones a terceros países de personas potencialmente solicitantes de asilo, que desconocen que lo son porque nadie les ha informado.

Algunos casos, como en el del CIE de Barranco Seco de Las Palmas de Gran Canaria, se encuentran en antiguas instalaciones penitenciarias que quedaron obsoletas por incumplir con las condiciones necesarias de habitabilidad[4]. Otros han tenido que cerrar temporalmente por deficiencias en las instalaciones, como el CIE de Zapadores, en Valencia,  por una plaga de chinches o  el CIE de Zona Franca en Barcelona, que ha reabierto en medio de polémicas por carecer de la licencia de actividad apropiada y por no respetar las normas contra incendios[5].¿No seria noticia de primera plana y motivo de indignación nacional que 7.000 españoles estuvieran hacinados en estas condiciones y sin acceso a comunicaciones y asistencia jurídica, bajo la tutela del Ministerio del Interior?

Uno de los pilares de cualquier democracia es que la privación de la libertad de los seres humanos debe ser algo absolutamente excepcional y estar vinculada a un delito penal y no a un trámite administrativo. El artículo 1 del Reglamento de Funcionamiento y Régimen Interior de los CIEs establece que el ingreso y estancia en los centros tiene una finalidad preventiva, orientada únicamente a “garantizar la presencia del extranjero durante la tramitación del expediente administrativo y la ejecución de la medida de expulsión, devolución o regreso”[6]. ¿Nos parecería proporcional y justo que para la tramitación de un expediente administrativo, por ejemplo, nuestro carnet de conducir, se nos mantuviera detenidos? Y si además de esta medida, una vez transcurrido el plazo de dicha tramitación -fijado en un máximo de 60 días-, no se hubiera podido resolver el expediente ni ejecutarlo. En su último informe, el Servicio Jesuita a Migrantes planteaba que en el CIE de Zona Franca se constató que el 24% de los internos visitados ya habían sufrido un internamiento anterior, lo que implica que la devolución o expulsión no se realizó[7]

La realidad es que estas situaciones se mantienen y no son noticia porque las personas afectadas son personas extranjeras racializadas y porque los CIEs son espacios opacos e invisibilizados -se encuentran a las afueras de las ciudades y, en ocasiones, sin ni siquiera un letrero que los identifique-, en los que no se ha permitido ni se permite la entrada a periodistas, representantes políticos o administraciones locales. Sólo en algunos de los CIEs se admite la entrada a ONG y asociaciones para realizar visitas a las personas internas, lo que implica graves dificultades para el monitoreo del cumplimiento de los derechos humanos fundamentales de los recluidos.

La realidad también es que la política de los CIE viola directamente derechos fundamentales reconocidos en la Declaración Universal de Derechos Humanos[8], la Carta Fundamental de los Derechos de la Unión Europea[9] o la Constitución Española[10]. Como el derecho a la libertad o a la  protección de la salud y la garantía de la asistencia médica. La realidad es que una sociedad democrática que calla antes semejantes violaciones de Derechos Humanos contribuye a minar sus propios valores e instituciones. Finalmente la realidad y lo que debería ser noticia es que las personas que se han rebelado en Aluche ayer, hace unos días en el CIE de Zona Franca[11] y en el CIE de Sangonera la Verde, en Murcia[12], por mencionar algunos casos, son activistas y defensores de los Derechos Civiles que nos recuerdan que migrar no es un delito sino una parte intrínseca de la historia de la humanidad, y ha de ser tratada como tal. El cierre de los CIE no es una opción, es simplemente el único camino posible para una sociedad democrática.

¿A qué estamos esperando?

Ana AlcaldeCelia Serrano y Jara Henar, Alianza por la Solidaridad

[1] https://www.diagonalperiodico.net/libertades/31934-medio-centenar-internos-se-amotinan-cie-aluche.html

[2] https://ciesno.wordpress.com/2016/10/19/la-dignidad-no-puede-ser-encerrada-en-un-cie/

[3] Datos extraídos del Informe Vulnerables vulnerabilizados. Informe anual del Servicio Jesuita a Migrantes (SJMe) sobre los Centros de Internamiento de Extranjeros en España 2015, en http://www.sjme.org/sjme/item/815-2016-09-18-07-03-41. Pero podrían ser más. La opacidad existente alrededor de los CIEs impide la comprobación de las cifras exactas

[4] Informe CIE y Expulsiones Exprés. Informe anual sobre los CIEs 2014, SJMe, en http://www.sjme.org/sjme/item/794-cie-y-expulsiones-expres

[5]  http://www.elperiodico.com/es/noticias/sociedad/colau-ordena-cierre-del-centro-extranjeros-zona-franca-5252129

[6] Real Decreto 162/2014 ya citado, enhttps://www.boe.es/boe/dias/2014/03/15/pdfs/BOE-A-2014-2749.pdf

[7] Informe 2015 ya citado, en http://www.sjme.org/sjme/item/815-2016-09-18-07-03-41

[8] Artículo 25 DUDH, en http://www.un.org/es/documents/udhr/

[9] Artículo 35 CFDUE, enhttp://www.europarl.europa.eu/charter/pdf/text_es.pdf

[10] Artículo 43 CE, en https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-1978-31229

[11] http://ccaa.elpais.com/ccaa/2016/10/19/catalunya/1476862067_490956.html

[12] https://www.diagonalperiodico.net/global/31773-fuga-cie-centro-internamiento-extranjeros-murcia-cierre-condiciones-irregulares.html

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